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Cómo darse de alta como autónomo en las Islas Canarias

El mundo de los autónomos está caracterizado por el trabajo duro y la pasión por lo que uno hace. Además, ofrece numerosas ventajas como trabajar cuando quieras, organizarte a tu manera, ser tu propio jefe y tener libertad para trabajar de lo que te apetezca.

No obstante, para darte de alta como autónomo debes cumplir con ciertos requisitos y seguir una serie de pautas. Los profesionales que quieran desarrollar su actividad como autónomos en las Islas Canarias deben seguir el mismo procedimiento que en el resto de España, pero añadiendo el alta en la Agencia Tributaria Canaria. Esto se debe al sistema fiscal de las Islas Canarias, que cuenta con una serie de peculiaridades. En el archipiélago se tributa mediante el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que es como el IVA, pero con un porcentaje menor. 

¿Quieres establecerte como autónomo en el archipiélago? Sigue leyendo, pues en este artículo explicaremos paso a paso los trámites necesarios.

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Pasos para convertirte en autónomo en Canarias


1. Darte de alta en Hacienda

Primero tienes que presentar el modelo 036 o 037 en una delegación de Hacienda. El primero es más completo e incluye todas las variedades y actividades que puede necesitar un empresario. En cambio, el modelo 037 no es válido para todos los casos. Es más, los empresario o autónomo deben presentar el modelo 036y en algunos casos en concreto podrán presentar de forma simplificada que sería el 037. Asimismo, en el caso de no disponer de un número de identificación fiscal, debes rellenar el modelo 036.

Con este documento facilitas a la Administración Tributaria Canaria toda la información relacionada con el inicio de tu actividad económica. En el momento de rellenarlo, debes elegir el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) al que pertenece tu actividad. El IAE está compuesto por tres secciones:

  1. Actividades empresariales.

  2. Actividades profesionales.

  3. Actividades artísticas.

Estas, a su vez, están distribuidas por epígrafes para cada una de las actividades y sus respectivas cuotas. El epígrafe de tu actividad va a determinar tu régimen de tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Cabe destacar que los autónomos, durante los dos primeros años, están exentos de pagar el IAE. A partir de entonces, únicamente deberán pagarlo en el caso de que sus ingresos netos superen el millón de euros en el primer año.

2. Darte de alta en la Seguridad Social

Antes de nada, debes ir a la Tesorería General de la Seguridad Social y solicitar el número de afiliación a la Seguridad Social. Si no lo tienes, deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Asimismo, si vas a contratar empleados, tendrás que registrar la empresa, así te asignarán un número de identificación para el control de sus obligaciones: el Código de Cuenta de Cotización.

A continuación, debes presentar el modelo TA0521, un documento que declara el inicio o el cese de una actividad dentro del RETA y que cuenta con diferentes versiones según el tipo de trabajador por cuenta propia que seas. 

Para presentarlo, puedes entregarlo en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o a través de vía telemática si tienes certificado digital o Cl@ve. Debe entregarse en un plazo máximo de 60 días antes del inicio de la actividad. 

La documentación adicional que deberás entregar al presentar este modelo es:

  • DNI, pasaporte o tarjeta de extranjero.

  • Permiso de trabajo para las personas de nacionalidad extranjera.

  • Copia u original de tu alta en Hacienda.

  • Tarjeta de la Seguridad Social.

En este documento deberás seleccionar tu base de cotización, puesto que, en función de cuál sea, tu cuota mensual como autónomo en la Seguridad Social variará. No obstante, desde 2019 se cotiza obligatoriamente por:

  • Contingencias comunes: circunstancias que impiden desarrollar la actividad a un trabajador y que no están originadas por motivos laborales.

  • Contingencias profesionales: circunstancias laborales que pueden perjudicar la salud del trabajador o autónomo.

  • Cese de Actividad.

  • Medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad emprendedora.

3. Darte de alta en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)

Esta fase del proceso es exclusiva para Canarias. Una vez hayas seguido los pasos anteriores, deberás presentar el justificante del alta en Hacienda a la Agencia Tributaria Canaria en algún Punto de Atención al Emprendedor Ventanilla Única Empresarial de las Islas Canarias.

Posteriormente, tendrás que rellenar y entregar el modelo 400. No obstante, hay que tener en cuenta que actividades como la sanidad o la educación reglada están exentas de darse de alta en este impuesto. Por otro lado, el comercio minorista y de Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional está exento del IGIC, pero igualmente deben presentar el modelo 400.

Trámites adicionales

En función del tipo de actividad económica que vayas a realizar, es posible que existan otras pautas reglamentarias que debes seguir.

Licencia de apertura en el Ayuntamiento

En primer lugar, si tu actividad requiere de abrir un local, deberás solicitar la licencia de apertura en el ayuntamiento pertinente. El coste de esta licencia dependerá de factores como la calle, el tamaño del local y el tipo de actividad.

En este orden de cosas, se tendrá en cuenta si tu actividad es clasificada o inocua. Es decir, se considera una actividad clasificada cuando es peligrosa y nociva o, simplemente, si podrían producir ruidos o cualquier tipo de molestia para terceras personas, mientras que una actividad es inocua cuando no causa ninguna molestia a terceros ni suponen ningún peligro, ruidos elevados o residuos.

Si tu actividad es inocua, podrás comenzar una vez presentes la declaración responsable y un certificado técnico para la actividad en cuestión. En este certificado debes especificar las características de la actividad, de su recinto y de los sistemas de evacuación y de accesibilidad de las instalaciones. Sin embargo, es posible que algunos ayuntamientos te pidan algunos documentos adicionales como, por ejemplo, el contrato de alquiler.

Por otro lado, si tu actividad es clasificada, primero tienes que presentar la “consulta previa”. Es decir, solicitar a la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento un informe de compatibilidad urbanística. En él, tendrás que comunicar la actividad que pretendes desarrollar en un establecimiento concreto. El ayuntamiento será, por lo tanto, el encargado de confirmar si dicha actividad puede desarrollarse en ese establecimiento.

Este trámite puede llegar a prolongarse hasta un mes, por lo que, si lo tienes claro, preséntalo cuanto antes.

Dar de alta a tus trabajadores

Como bien señala el título, si pretendes contratar a trabajadores para el desarrollo de tu actividad, tienes que tener en cuenta otro trámite imprescindible.

Es fundamental que des de alta en la Seguridad Social a cada uno de los trabajadores que tengas a tu cargo. 

Para finalizar, debes tener un Libro de Visitas para posibles inspecciones de trabajo, aunque no dispongas de trabajadores a tu cargo.  


En conclusión, si quieres establecerte como autónomo en las Islas Canarias tienes que tener en cuenta ciertos procedimientos extraordinarios. Por ello, desde Real Tax queremos facilitarte las cosas y ofrecerte nuestro servicio de consultoría y asesoría para que realices los trámites con seguridad. Nos encargamos de analizar tu situación de forma particular y, así, proporcionarte la mejor solución. 

¡No dudes en consultarnos!